PERFIL DEL DOCENTE
Profesional médico especializado con capacidad para realizar su trabajo docente de manera congruente con la profesión; que propicien en los alumnos la construcción de una sólida postura ética y humanística hacia el ejercicio de la medicina. Capaz de preparar un médico con formación integral que enfrente adecuadamente las patologías más comunes de nuestra población, tanto en el primer como en los demás niveles de atención médica, y que pueda adaptarse rápidamente al medio labora.
El docente debe ser en su asignatura con formación especializada y asumir las competencias científico-metodológicas (perfil científico-técnico)y las competencias que le exigen la tarea docente: planificar, ejecutar y evaluar (perfil pedagógico-didáctico).
La formación de la mayoría de nuestros docentes es generalmente en especialidades médicas por lo se creó el departamento de desarrollo profesoral con el fin de crear programas de educación médica para sus docentes y uno de los objetivos fundamentales es diseñar programas de actualización y formación en educación médica para nuestros docentes.
PERFIL DEL INGRESANTE
El estudiante con interés de ingresar a la carrera de Medicina debe manifestar vocación para atender los aspectos de salud del individuo y de su entorno ecológico.
PERFIL DEL EGRESADO
El egresado está en condiciones de diagnosticar, tratar y prevenir las principales enfermedades de localización nacional, regional e internacional, con un alto nivel de actualización teórico práctica, que le permite contribuir con el estado de salud de la sociedad.
Identifica las enfermedades tropicales y adopta medidas sanitarias de control. Maneja los Métodos Científicos y la Técnicas que le permitan desarrollar investigaciones en el área de la salud. Asimismo, ejerce con vocación y apego a los principios éticos que exigen los cánones de la medicina y la sociedad.
CAMPO OCUPACIONAL
El egresado dispone de una oferta laboral en los establecimientos de salud del estado así como en el sector privado, pudiendo ejercer además la profesión de Médico por cuenta propia y la docencia e Investigación Biomédica.
REQUISITOS DE INGRESO, PERMANENCIA Y GRADUACIÓN
El estudiante que desea ingresar a la Carrera de Medicina debe tener vocación de servicio y bien definido el rol que deberá ocupar en la sociedad luego de egresado de la Universidad.
Párrafo: La Ley 139-01, en su artículo 59, confiere al MESCyT la responsabilidad de establecer una prueba diagnóstica inicial de orientación y medición, previo al ingreso al Sistema de Educación Superior, de carácter obligatorio. Las instituciones podrán utilizar los resultados de esta prueba entre sus criterios de admisión.
Artículo 19: Los criterios y documentación requerida para la admisión de los estudiantes en la Carrera de Medicina están establecidos por la Universidad Tecnológica de Santiago, en el marco de la Ley 139-01.
El Reglamento Académico de la Universidad en sus artículos 35, 36 y 37 establece los requisitos siguientes:
ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO
Es aquel que nunca ha cursado estudios superiores o, que habiéndolos iniciado los suspende por un período igual o mayor a cinco años.
Los documentos requeridos para nuevo ingreso son:
- •Formulario de ingreso.
- •Una foto 2X2.
- •Acta de Nacimiento Certificada.
- •Certificación de bachiller expedida por el Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD).
- •Récord de calificaciones de bachillerato.
- •Certificado de salud.
- •Copia de la cédula de identidad y electoral.
El estudiante de nuevo ingreso debe:
- •Recibir una prueba diagnóstica de admisión y evaluación psicométrica, acogerse a la evaluación del comité de admisiones, y aceptar la decisión del mismo.
- •El estudiante deberá tomar la prueba de actitudes y capacidad intelectual para determinar su ingreso a la misma.
- •En caso de que el estudiante haya cursado sus estudios en el extranjero, deberá depositar el certificado de bachiller o su equivalente homologado por el Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD).
- •Formalizada la inscripción, todo documento depositado pasa a ser propiedad de la institución.
- •La Universidad cancela la matrícula y anula las asignaturas cursadas a todo estudiante que haya depositado una documentación, que posteriormente se compruebe que es falsa.
- •La Universidad se reserva el derecho, cuando lo considere pertinente, de solicitar el certificado de no antecedentes judiciales a cualquier estudiante que solicita ingreso.
Artículo 35:
Los documentos requeridos para el ingreso de estudiantes que hayan realizado el bachillerato o su equivalente en el extranjero son:
- •Formulario de ingreso.
- •Una foto 2X2.
- •Acta de nacimiento certificada o apostillada.
- •Certificado de bachiller o su equivalente y récord de calificaciones homologados por el Ministerio de Educación (MINERD), con sus respectivas traducciones, en caso de un idioma diferente al español.
- •Certificado de salud.
- •Copia del pasaporte.
- •La Universidad se reserva el derecho, cuando lo considere pertinente, de solicitar el certificado de no antecedentes judiciales a cualquier estudiante que solicita ingreso. Para la carrera de Medicina el estudiante deberá tomar la prueba de actitudes y capacidad intelectual para determinar su ingreso a la misma.
- •El estudiante procedente de un país que no otorgue récord de calificaciones, deberá presentar copia del certificado de bachiller o su equivalente apostillado.
Artículo 37: Inter-transferencia:
Los estudiantes pueden transferirse de un recinto a otro, siempre que lo requiera una causa justificada. La situación académica del estudiante permanece igual en el recinto al que se transfiera. La inter-trasferencia debe ser aprobada por la Vice-Rectoría Académica, en la sede, o la Dirección Académica, en los recintos.
El estudiante no podrá cursar simultáneamente asignaturas en recintos diferentes.
Artículo 38: Estudiante de re-ingreso:
Es el estudiante que habiendo interrumpido sus estudios en UTESA, desea reingresar; en el momento de su ingreso, se someterá a las condiciones que hayan sido establecidas por las instancias correspondientes de la Universidad.
- •Si es egresado, debe llenar solicitud de reingreso de graduado, depositar una foto 2x2, copia del título y copia de la Cédula de Identidad, en la Dirección de Admisiones.
- •El egresado que solicite reingreso a un Recinto diferente a aquel en que realizó su última graduación, debe someterse al proceso de Inter-transferencia
- •El estudiante que interrumpe sus estudios por un período inferior a cinco (5) años, habiendo aprobado el 80% de las asignaturas, reingresa con el pénsum vigente en el momento de su ingreso inicial. En caso contrario, se someterá al pénsum vigente en el momento de su reingreso.
- •El estudiante que interrumpe sus estudios por un período igual o menor a dos (2) años sin haber aprobado el 80% de los créditos, continuará con el pénsum que estaba vigente al momento de su ingreso.
- •El estudiante que interrumpe sus estudios superiores por un período igual o mayor a cinco (5) años, se le anula la matrícula. En caso que solicite reingreso, iniciará como estudiante de nuevo ingreso.
Artículo 39:
- •Los estudiantes que hubieran sido sancionados no podrán ser readmitidos, hasta tanto concluya el período de sanción.
- •En relación con el artículo anterior, la Vicerrectoría de la Secretaría General, en la sede, y la dirección de recinto junto a la dirección académica, en los recintos, serán responsables de comunicar las disposiciones, sanciones o amonestaciones, tanto al afectado como al organismo correspondiente.
- •Las disposiciones anteriormente señaladas deben ser remitidas a los demás Recintos, para garantizar que el estudiante sancionado, cuando haya concluido su carrera, no sea contratado para cargos docentes y/o administrativos en la Institución.
Artículo 40: Estudiante Oyente:
- •Se considera estudiante oyente aquella persona que selecciona una asignatura con el propósito de adquirir conocimientos y destrezas en una determinada disciplina de su interés.
- •Cuando se trate de personas no matriculadas, la solicitud requerirá, además, el visto bueno de la Vice-Rectoría Académica, en la Sede, o de la Dirección Académica, en los Recintos. El estudiante no recibirá acreditación ni calificación por el trabajo académico realizado; sólo podrá recibir una certificación de asistencia.
- •Un caso especial de estudiantes no matriculados es el que se refiere a estudiantes de intercambio. Se considera estudiante de intercambio aquel que, matriculado en otra universidad con la que UTESA haya firmado acuerdos, viene a un Recinto de UTESA con el fin de tomar determinados cursos y/o materias dentro de los Pensa oficiales de la Universidad.
REQUISITOS DE PERMANENCIA
Para permanecer y lograr el término de su carrera profesional, el estudiante deberá:
- •Observar las disposiciones señaladas en el Reglamento Académico de la Universidad y las demás disposiciones emanadas del Consejo Directivo Universitario y del Consejo Académico.
- •Cumplir con los deberes que están contemplados en las normas disciplinarias establecidas por la Universidad.
- •Mantener un índice académico acumulado mínimo de 2.5, establecido por el sistema de evaluación como medida de su eficiencia de estudios,
- •Cumplir con los objetivos de los programas de asignaturas.
REQUISITOS DE GRADUACIÓN
Para la obtención del título académico, el estudiante deberá:
- •Tener un índice igual o mayor de 2.5.
- •Aprobar el Proyecto de Grado.
- •Participar en el acto de investidura en la fecha indicada por la Institución y el internado